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Asamblea general extraordinaria 2022

24-03-2022

ASAMBLEA GENERAL  EXTRAORDINARIA de 18 de junio de 2022

REGLAMENTO Y CALENDARIO DE ACTUACIONES

I.- DE LA CONVOCATORIA, COMPOSICIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LA ASAMBLEA

Art. 1.- La Asamblea General Extraordinaria se celebrará el 18 de junio  de 2022, en la Universidad Laboral de Gijón. La hora y el lugar de celebración se notificarán con, al menos, dos semanas de anticipación al día de la Asamblea.

Art. 2.- Es condición para asistir a la Asamblea estar al día en el pago de cuotas del año 2022.

Art. 3.- Para facilitar el acceso al censo de asociados con derecho a voto a los candidatos que concurran a la Presidencia, el mismo se dará por cerrado con tres semanas de anticipación a la celebración de la asamblea. En consecuencia, el censo quedará cerrado el día 27 de mayo de 2022.

Se establecerá una mesa a la entrada de la Asamblea que aceptará inscripciones de nuevos socios y pagos de cuotas correspondientes al año 2022 (y anteriores), al objeto de que los nuevos socios puedan participar en la Asamblea con derecho a voz  y los que vienen siendo socios que abonen en ese momento sus cuotas puedan participar en ella plenamente (con voz y voto).

Art. 4.- Para acceder al lugar donde se celebra la asamblea, es necesario hacerlo acreditándose previamente. Las acreditaciones se  verificarán en una mesa a la entrada de la Asamblea que permanecerá abierta hasta el inicio de la última votación.

Art. 5.- La Asamblea quedará constituida válidamente cuando, en la primera convocatoria, asistan la mitad más uno del total de los asociados y media hora después, en segunda convocatoria, con el número de asociados presentes en la sala.

Art. 6.- La Junta directiva podrá invitar a la Asamblea a personas ajenas a la Asociación que destaquen por su apoyo a la misma, por su relevancia social, o por sus conocimientos sobre  uno o algunos de los temas a debatir. Se les facilitará su intervención si lo desearan en un momento dado, pero no tendrán derecho a voto.

 

 

 

II.- DE LAS VOTACIONES

 

Art. 7.- Todos los asociados podrán participar en la Asamblea  con derecho a voz y voto, excepto los nuevos socios  y las personas  ajenas a la Asociación a que se refiere el segundo párrafo del art. 3.

Art. 8.- Normalmente, cada asociado se representa a sí mismo; pero podrá representar a su vez hasta un máximo de cinco (5) compañeros que previamente hayan delegado su voto en su persona, con arreglo al procedimiento que se establece como anexo al presente procedimiento.

Art. 9.- Las votaciones se realizarán a mano alzada y el resultado será válido por mayoría simple, salvo en los casos que los estatutos contemplen mayoría cualificada.

Para este fin, se utilizarán  cartulinas de color (roja, verde y blanca) que faciliten el conteo de los votos. La elección del Presidente también se realizará a mano alzada, salvo que hubiera algún asociado que se opusiera a ello, en cuyo caso se debatirán las razones de esa oposición y la mesa presidencial decidirá según su criterio.

Para garantizar el derecho al voto secreto, antes de la votación correspondiente el Presidente de la Mesa preguntará a la Asamblea si algún socio desea que la votación sea secreta; y en caso afirmativo se hará de ese modo si así se acepta por la presidencia de la Mesa.

Art 10.- Para  facilitar la participación en las votaciones de los asociados que no pudieran desplazarse, se establece un sistema de voto por correo para el que habrán de seguirse los siguientes pasos:

  • Comunicar a la Comisión de Organización, dentro del plazo establecido, la posibilidad de ejercitar dicha eventualidad.
  • La Comisión de Organización enviará la documentación correspondiente, una dirección de correos (apartado) para el envío y una clave identificativa.
  • Remitir a la Comisión de Organización, dentro del plazo establecido, por correo certificado, la documentación de voto correctamente cumplimentada, haciendo constar su clave identificativa.

Art. 11.- Los votos recibidos por correo serán custodiados por el secretario General y se abrirán inmediatamente después de realizarse la votación de los asistentes a la Asamblea.

Todos los votos recibidos en fecha posterior a la establecida serán destruidos sin abrir su contenido.

 

III.- DE LA MESA DE LA ASAMBLEA

 

Art 12.- Presidirá la Asamblea el Presidente de la Asociación, asistido por el vicepresidente de la misma ( o el Tesorero en su defecto), el Secretario General y tres vocales de la Junta Directiva.

Art. 13.- Son funciones de la Mesa de la Asamblea la dirección de la misma, la coordinación de las distintas Comisiones y la moderación de los debates.

Art. 14.- El representante de la Mesa de la Asamblea será el Presidente, quien autorizará el uso de la palabra con las limitaciones establecidas en función del tiempo disponible para los debates y actividades de la Asamblea, y podrá suspenderlo a quien se lo hubiera concedido si no se ajustase al asunto debatido, no mostrase el respeto debido a las personas, o se manifestara de forma notoriamente agresiva o violenta.

Art. 15.- Las decisiones de la Mesa de la Asamblea, dejando a salvo las facultades específicas del Presidente se adoptarán, en caso de discrepancia, por mayoría simple,  dirimiendo el voto del Presidente en caso de empate.

Art. 16.- El acta de la asamblea será elaborada por el Secretario General, será firmada por el Presidente, y  será transcrita en el libro de actas de la Asociación para su lectura y aprobación si procede en la siguiente Asamblea General.

 

IV.- DE LA COMPOSICIÓN, ELECCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE LA ASAMBLEA.

 

Art. 17.- Para el desarrollo de la asamblea funcionarán los siguientes grupos de trabajo:

  1. Comisión de Organización.
  2. Comisión de Candidaturas

Los componentes de estos grupos de trabajo serán designados por la Junta Directiva. Cada candidatura presentada podrá nombrar un vocal que la represente en las Comisiones de Organización y Candidaturas, que gozarán de los mismos derechos que los nombrados por la Junta Directiva.

Art. 18.- Los Grupos de Trabajo estarán compuestos por un mínimo de tres miembros, de entre los cuales será elegido un Presidente, que será el encargado de la coordinación de los mismos.

Art. 19.- La Comisión de Organización es la responsable de la coordinación del proceso preparatorio  de la Asamblea.

Art. 20.- La Comisión de Candidaturas es responsable de recibir las candidaturas enviadas y de su presentación a la Asamblea.

 

V.- CANDIDATURAS A LA JUNTA DIRECTIVA

 

Art. 21.- Pueden presentar candidaturas todos los asociados, de forma individual o colectiva, enviándolas por escrito a la Comisión de Candidaturas.

Art. 22.- En las candidaturas deberán figurar cubiertos los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tantos vocales como se consideren necesarios.

Art.  23.- El plazo de presentación de candidaturas a la Junta directiva está definido en el calendario que figura al final de este documento.

 

VI. INTERVENCIONES

 

Art.  24.-  Todas las candidaturas presentadas dispondrán de quince minutos cada una para exponer sus objetivos y líneas maestras ante el Pleno de la Asamblea.

Art. 25.- Una vez finalizadas las intervenciones de los portavoces de todas las candidaturas, se podrá abrir un turno de preguntas entre los asistentes.

Art.  26.-  Los asistentes que quieran tomar la palabra en el transcurso de la Asamblea deberán servirse de los impresos correspondientes y entregarlos al servicio de orden. Los que soliciten intervenir para una moción de orden tendrán derecho a la palabra al final de la intervención del que esté hablando.

 

VII. DE LA ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA

 

Art. 27- El sistema electoral que se utilizará será el de listas cerradas por el sistema mayoritario.

Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva saliente cesarán en sus cargos tras conocerse el resultado de la votación para la elección de los nuevos órganos directivos de la Asociación.

 

 

CALENDARIO DE ACTUACIONES Y PLAZOS

 

. Solicitud de Reglamento de la Asamblea de  2022:                     antes del 18 de abril                                                                       

. Solicitud de voto por correo a la Comisión de Organización:    antes del 09 de mayo

. Plazo recepción de candidaturas:                                                  antes del  21 de mayo

. Cierre del censo de asociados con derecho a voz y voto:                        el 31 de mayo         

. Plazo para la recepción del voto por correo:                                    hasta el 13 de junio

                                                        

. Celebración de la Asamblea:                                                              18 de junio de 2022

 

PROCEDIMIENTO PARA LA DELEGACIÓN DE VOTO

 

1.- Cualquier asociado que desee participar en la elección de la nueva Junta Directiva y no pueda asistir a la Asamblea podrá delegar su voto en otro compañero socio.

2.- La delegación se efectuará por correo electrónico dirigido a la persona en quien se delega el voto, y se hará constar en el mismo el nombre, dos apellidos y nº de D.N.I. del delegante. De dicho correo se remitirá copia en el mismo acto a la Asociación:

(asociación@aalaboralgijon.com)

En dicho correo, el socio delegante hará constar si delega su voto exclusivamente para la elección de una nueva Junta directiva, o si otorga un mandato general de representación que incluya, además de la elección de una nueva Junta, cualquier otro acuerdo que eventualmente pudiera tomarse en el transcurso de la Asamblea.

3.- Cualquier socio podrá encargarse del voto delegado de hasta cinco socios. Pero cada socio representado deberá, individualmente, hacer el envío del correo electrónico referido en el punto anterior.

4.- Antes de iniciarse la Asamblea, quien acuda a la misma con voto o votos delegados deberá presentar copia del correo en que conste la delegación de voto  a la Comisión de Organización para comprobación.

5.- La fecha límite para dar validez a los correos de delegación de voto será el    11 de Junio.  Cualquier delegación de voto efectuada con posterioridad a dicha fecha será nula.

 

 

 

                                                                       Gijón, 21 de marzo de 2022

                                                                                La Comisión Permanente

                                                           ( Presidente y Secretario, en funciones ambos)


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